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SECRETARIO DEL SECTOR COMERCIO DE LA "UGT" DE LAS ISLAS BALEARES

viernes, 10 de agosto de 2012

PUBLICACIÓN EN EL B.O.I.B. DEL CONVENIO DE COMERCIO PARA LA COMUNIDAD AUTÓNOMA BALEAR





 
http://boib.caib.es/pdf/2012115/mp57.pdf

El jueves día 9 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Convenio de Comercio para la Comunidad Autónoma Balear.

Recordamos los puntos más importantes que modifican el Convenio:
1.- VigenciaDos años. Desde el 01/04/11 hasta el 31/03/13.
2.- Incremento salarial: de un 0,5 %  desde el 01/04/11 hasta el 31/03/12 (sin efectos retroactivos).
3.- Incremento salarial: de un 0,6 %  desde el 01/04/12 hasta el 31/03/13.
4.- No se aplica la previsión que contempla  artículo 86 del E.T., garantizando  la vigencia del actual convenio mientras no se acuerde uno nuevo.
5.- Si  el periodo de vacaciones coincide con una incapacidad temporal  que imposibilita al trabajador o a  la trabajadora disfrutarlas, las vacaciones se pueden disfrutar una vez finalice la I.T.
Desde UGT valoramos positivamente la  este Convenio tras haber conseguido  dejar sin efecto un aspecto muy preocupante de la nefasta reforma laboral que establece que los trabajadores se pueden quedar sin Convenio cuando los agentes sociales y económicos no logren un acuerdo tras la finalización de la vigencia de su Convenio.

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